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Atrás El DOGV publica la Orden 5/2025, de la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, que regula el régimen de diseño e implantación de cerramientos en el sistema ferroviario autonómico

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado hoy la Orden 5/2025, de 3 de abril, de la Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, por la cual se regula el régimen de diseño e implantación de cerramientos en el sistema ferroviario autonómico.

En concreto, la orden aprueba la especificación técnica ferroviaria de cerramientos, el texto de los cuales se recoge en su anexo. El objeto de esta especificación técnica ferroviaria (ETF) es el de determinar las características, la tipología y los criterios de diseño e implantación de cerramientos que garantizan las condiciones de seguridad en las líneas de carácter ferroviario, en cumplimiento
del que se establece en el artículo 25 de la Ley 7/2018, de 26 de marzo, de la Generalitat, de seguridad ferroviaria (Ley 7/2018) a tal efecto.

Esta ETF se dirige a quienes promuevan o participan en la elaboración, dirección, supervisión, revisión o ejecución de proyectos y obras relacionadas con actuaciones en el sistema ferroviario de competencia de la Generalitat, incluidos los promotores de urbanizaciones colindantes a las instalaciones ferroviarias, con el objetivo de que se consideren las condiciones y requisitos de seguridad relativos a los cerramientos que se establecen en el Decreto 190/2021, de 26 de noviembre, del Consell, de regulación de la seguridad y la autorización  de puesta en servicio de los subsistemas estructurales fijos y de los controles periódicos del sistema ferroviario autonómico (Decreto 190/2021). 

La especificación técnica será aplicable a los proyectos y obras de actuaciones en las líneas o tramos de carácter ferroviario incluidos en el sistema ferroviario competencia de la Generalitat. Lo desarrollado en esta ETF en relación con la disposición para el cerramiento será de aplicación para las actuaciones de implantación de líneas nuevas o variaciones en el trazado de líneas ya implantadas. En el caso de actuaciones de acondicionamiento o mejora de infraestructuras existentes, será el proyecto constructivo el que determine la viabilidad de su cumplimiento.

Enlace con la orden